Seguro obligatorio para los empleados pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo Mercantil.
Cubre al empleado en caso de muerte e invalidez total y permanente por enfermedad o accidente.
La suma asegurada se establece periódicamente según el Convenio Colectivo de Trabajo.
Del total, 2/3 están a cargo del empleador y 1/3 del empleado.
Elegibilidad: de 18 años a 64 años.
Requisitos:
- Deberán presentar listado con fechas de nacimiento de cada empleado.
- Los empleados cubiertos deben estar en servicio activo.
Maipú 255, Piso 14 . C1084ABE . Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tel.: (54 11) 4327 0050.
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Nº de Inscripción: 0847 - www.sangermanseguros.com.ar
La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes.
En caso de que existiera un reclamo ante la entidad aseguradora y que el mismo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a
consultas@ssn.gob.ar
o formulario disponible en la página argentina.gob.ar/ssn
El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:
RESPONSABLE: Fabián Garmón
(+54 11 4327-0050 Interno 122)
SUPLENTE: Máximo Pell Richards
(+54 11 4327-0050 Interno 127)